Contrato colectivo de trabajo - DERECHO LABORAL
¿QUÉ ES EL CONTRATO COLECTIVO DEL TRABAJO?
¿EN QUÉ CONSISTE?
El contrato colectivo es un convenio
celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones
con el objeto de establecer condiciones para prestar el trabajo en una o varias
empresas.
El patrón únicamente puede utilizar a los trabajadores sindicalizados o de una agrupación determinada. De acuerdo al artículo 386 de la LFT.
ELEMENTOS PRINCIPALES DEL CCT:
Debe constar por
escrito.
Firmarse por
triplicado.
Debe depositar un ejemplar en las juntas de conciliación y arbitraje.
CLAUSULAS QUE INCLUYEN LOS CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO:
Nacimiento
Duración
Revisión
Terminación
Condiciones específicas
de trabajo
Cláusulas de exclusión
por ingreso y por separación
Reglamento interior de
trabajo
CONVENCIONES
COLECTIVAS.
Son los acuerdos de naturaleza colectiva
celebrados entre el sindicato de trabajadores y el patrón o sindicato de
patrones, para establecer condiciones de trabajo y reglas a seguir.
Las convenciones colectivas en el Derecho
Mexicano son:
1.- El contrato colectivo de trabajo.
La LFT establece dos tipos de requisitos para su formación.
a.- De fondo. Autores del CCT y ´personalidad jurídica de sindicatos
b.- De forma. La manera en que se debe manifestar voluntad para crear el
CCT y publicidad del convenio colectivo
2.- El contrato ley.
Son una figura laboral que se refieren a los
convenios celebrados entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios
patrones o uno o varios sindicatos de patrones para establecer condiciones en
la cual deba prestarse el trabajo que se marque.
FIGURAS:
a.- Los sujetos. Uno o varios sindicatos de trabajadores y por la parte
patronal deben ser varios patrones.
b.- El objeto. Establece condiciones de trabajo para todos los trabajadores
de una misma rama industrial contando con pluralidad.
c.- De la forma. Es una solicitud que corresponde a los sindicatos
obreros solicitar la creación de un contrato-ley.
3.- Reglamento interior de trabajo.
La LFT indica que su objetivo principal de
estas convenciones colectivas, establecer disposiciones obligatorias para
trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos de una empresa o
establecimiento, como reglas mínimas.
Este se encuentra regulado en el Art. 423 de
la LFT.
En caso de que la LFT no señales los
reglamentos, debe ser objeto de revisión continua, para adaptar a las
necesidades operativas de las empresas.
El
objetivo del CCT es el de otorgar la seguridad laboral de los trabajadores,
teniendo un Sindicato como mediador entre la relación obrero patronal, a partir
de esto, garantizar los intereses económicos, profesionales y sociales de las
personas inscritas dentro de la organización.
De
acuerdo al artículo 386 de la LFT debe estar en constante revisión para verificar
su correcto cumplimiento, posteriormente de ser emitido, se debe entregar una
copia a cada una de las partes involucradas en dicho acuerdo.
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